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Beneficios tributarios a empresas admitidas en procesos de reorganización o ejecutándolos

  • May 8, 2020
  • 1 min read

El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 560 de 2020 adopta medidas en materia tributaria para aliviar la situación de empresas admitidas a procesos de reorganización o que hayan celebrado acuerdos de reorganización y se encuentren ejecutándolos. Dentro de las medidas que se adoptaron se incluyen:

1. Impuesto sobre la renta: No estarán sometidas a retención o auto-retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta hasta el 31 de diciembre de 2020. Así mismo, dichas empresas estarán exoneradas de liquidar y pagar el anticipo de renta del articulo 807 Estatuto tributario por el año gravable de 2020.

2. Impuesto sobre las ventas -IVA: Hasta el 31 de diciembre de 2020, estarán sometidas a retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas IVA del 50%. Esta retención será practicada por todos los agentes retenedores que adquieran los bienes o servicios de estas empresas.

3. Renta Presuntiva: No estarán obligadas a liquidar renta presuntiva por el año gravable 2020.

Por otro lado, hubo una suspensión temporal de normas, con el fin

de apoyar a las empresas afectadas por las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y facilitar el manejo del orden público económico, se SUSPENDEN DE MANERA TEMPORAL las siguientes normas:

Para mayor información:

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20560%20DEL%2015%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf

 
 
 

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Eric Cherro
Eric Cherro
May 04

Llegué aquí desde una búsqueda sobre cuánto cobrar por diario en proyectos de consultoría. La herramienta me permitió partir de mi sueldo anterior en empresa y convertirlo a una tarifa diaria justa. Ahora uso ese dato como base para todas mis propuestas. Una referencia numérica que da mucha seguridad profesional.

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