Beneficios tributarios a empresas admitidas en procesos de reorganización o ejecutándolos
- legal services
- May 8, 2020
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El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 560 de 2020 adopta medidas en materia tributaria para aliviar la situación de empresas admitidas a procesos de reorganización o que hayan celebrado acuerdos de reorganización y se encuentren ejecutándolos. Dentro de las medidas que se adoptaron se incluyen:
1. Impuesto sobre la renta: No estarán sometidas a retención o auto-retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta hasta el 31 de diciembre de 2020. Así mismo, dichas empresas estarán exoneradas de liquidar y pagar el anticipo de renta del articulo 807 Estatuto tributario por el año gravable de 2020.
2. Impuesto sobre las ventas -IVA: Hasta el 31 de diciembre de 2020, estarán sometidas a retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas IVA del 50%. Esta retención será practicada por todos los agentes retenedores que adquieran los bienes o servicios de estas empresas.
3. Renta Presuntiva: No estarán obligadas a liquidar renta presuntiva por el año gravable 2020.
Por otro lado, hubo una suspensión temporal de normas, con el fin
de apoyar a las empresas afectadas por las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y facilitar el manejo del orden público económico, se SUSPENDEN DE MANERA TEMPORAL las siguientes normas:

Para mayor información:
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20560%20DEL%2015%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf























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